Arrendamientos en Colombia: aumento del canon, incumplimientos y terminación del contrato

El contrato de arrendamiento es uno de los contratos más comunes en Colombia. Muchas personas arriendan vivienda, locales, habitaciones, apartamentos, casas o inmuebles para distintos usos, pero no siempre conocen sus derechos y obligaciones.

En la práctica, los conflictos suelen aparecer por aumentos del canon, falta de pago, daños en el inmueble, incumplimientos del contrato, servicios públicos, depósitos, reparaciones, terminación anticipada o desacuerdos sobre la entrega del inmueble.

En el caso de vivienda urbana, existen reglas especiales que protegen tanto al arrendador como al arrendatario. Por eso, antes de reclamar, terminar el contrato o aceptar un aumento, es importante revisar qué tipo de contrato existe, cuál es el uso del inmueble, qué se pactó por escrito y qué normas aplican.

Este artículo explica qué debe revisar una persona frente a un contrato de arrendamiento, cuándo puede subir el canon, qué hacer ante incumplimientos y qué aspectos conviene tener en cuenta antes de terminar el contrato.

¿Qué es un contrato de arrendamiento?

El contrato de arrendamiento es un acuerdo mediante el cual una persona entrega a otra el uso o goce de un inmueble a cambio de un precio, que normalmente se paga de manera mensual.

En términos sencillos, una parte permite usar el inmueble y la otra se obliga a pagar el canon y cumplir las condiciones pactadas.

En el contrato normalmente intervienen:

  • Arrendador.
  • Arrendatario.
  • Codeudores o fiadores, si existen.
  • Inmueble arrendado.
  • Canon de arrendamiento.
  • Plazo del contrato.
  • Forma de pago.
  • Uso permitido del inmueble.
  • Obligaciones de cada parte.
  • Causales de terminación.
  • Reglas sobre servicios, reparaciones y entrega.

Aunque algunos contratos pueden ser verbales, lo más recomendable es tener un contrato escrito. Esto permite probar con mayor claridad las condiciones pactadas.

Arrendamiento de vivienda urbana

El arrendamiento de vivienda urbana tiene reglas especiales en Colombia. Este tipo de contrato se refiere al inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente.

Esto es importante porque no todos los arrendamientos se regulan exactamente igual. Un contrato de vivienda urbana no es lo mismo que un contrato de local comercial, bodega, oficina o inmueble rural.

En vivienda urbana, la Ley 820 de 2003 establece reglas sobre forma del contrato, obligaciones de las partes, renta, incremento del canon, terminación, prórroga, servicios, vigilancia y otros aspectos.

Por eso, cuando una persona tiene un problema de arriendo, lo primero que debe revisar es si se trata de vivienda urbana o de otro tipo de arrendamiento.

Aumento del canon de arrendamiento

Una de las preguntas más frecuentes es cuánto puede subir el arriendo.

En los contratos de vivienda urbana, el aumento del canon debe respetar los límites legales. En general, el incremento no puede hacerse en cualquier momento ni por cualquier porcentaje.

Para vivienda urbana, el canon puede incrementarse cuando se cumplen las condiciones previstas por la ley y tomando como referencia el IPC del año anterior certificado por el DANE.

Para 2026, el IPC anual de 2025 fue de 5,10 %. Por eso, en contratos de vivienda urbana, ese porcentaje es una referencia clave para revisar el aumento máximo permitido, siempre que se cumplan las demás condiciones del contrato y de la ley.

Esto no significa que todos los arriendos suban automáticamente en enero. Debe revisarse cuándo se cumplió el periodo correspondiente del contrato y desde cuándo procede el incremento.

¿Cuándo puede aplicarse el aumento?

En vivienda urbana, el aumento del canon normalmente se aplica cuando se cumple el periodo de renovación o el tiempo legal correspondiente, no simplemente porque cambió el año calendario.

Por eso, antes de aceptar un aumento, conviene revisar:

  • Fecha de inicio del contrato.
  • Fecha del último incremento.
  • Valor actual del canon.
  • Porcentaje de aumento propuesto.
  • Si el inmueble es vivienda urbana.
  • Si se cumplió el periodo para aumentar.
  • Si el aumento supera el IPC aplicable.
  • Si el arrendador informó el incremento correctamente.
  • Si el contrato tiene reglas especiales.

Un aumento aplicado antes de tiempo o por encima del límite legal puede ser discutible.

¿El aumento aplica igual para locales comerciales?

No necesariamente. Las reglas de vivienda urbana no aplican igual a locales comerciales, oficinas, bodegas o contratos de arrendamiento con finalidad comercial.

En contratos comerciales, muchas condiciones dependen del contrato firmado, del Código de Comercio, del Código Civil y de las circunstancias particulares. El aumento puede estar pactado de forma diferente, por ejemplo con un porcentaje específico, IPC, IPC más puntos, salario mínimo u otra fórmula.

Por eso, es importante no aplicar automáticamente las reglas de vivienda urbana a todos los contratos. El primer paso siempre es revisar el uso del inmueble y el contrato firmado.

¿Qué revisar antes de reclamar un aumento?

Antes de reclamar un aumento del canon, conviene revisar los documentos y datos básicos.

Algunos documentos útiles son:

  • Contrato de arrendamiento.
  • Otrosíes o modificaciones.
  • Recibos de pago.
  • Comprobantes de transferencia.
  • Comunicaciones del arrendador.
  • Fecha de inicio del contrato.
  • Fecha del último aumento.
  • Valor del canon anterior.
  • Valor del nuevo canon.
  • Uso del inmueble.
  • Cláusulas sobre incremento.
  • Pruebas de notificación del aumento.

Con esta información se puede identificar si el aumento fue correcto, si se aplicó en el momento adecuado o si excede lo permitido.

Incumplimiento del arrendatario

El arrendatario puede incumplir el contrato de distintas formas. El incumplimiento más frecuente es la falta de pago del canon, pero no es el único.

También pueden presentarse situaciones como:

  • No pagar el arriendo.
  • Pagar tarde de manera reiterada.
  • No pagar servicios públicos a su cargo.
  • Cambiar el uso del inmueble sin autorización.
  • Subarrendar sin permiso, si estaba prohibido.
  • Causar daños al inmueble.
  • No permitir reparaciones necesarias.
  • Realizar modificaciones no autorizadas.
  • Perturbar la convivencia o incumplir reglamentos.
  • Negarse a entregar el inmueble cuando corresponde.

Ante un incumplimiento, lo recomendable es revisar el contrato, conservar pruebas y actuar de manera ordenada. No siempre conviene proceder de forma impulsiva o verbal.

Incumplimiento del arrendador

El arrendador también puede incumplir sus obligaciones.

Algunos incumplimientos frecuentes son:

  • No entregar el inmueble en condiciones adecuadas.
  • No realizar reparaciones necesarias que le corresponden.
  • Cobrar valores no pactados.
  • Exigir depósitos o garantías no permitidas en vivienda urbana, según el caso.
  • No entregar copia del contrato.
  • No expedir comprobantes de pago cuando corresponde.
  • Ingresar al inmueble sin autorización.
  • Impedir el uso tranquilo del inmueble.
  • Realizar aumentos indebidos.
  • Negarse a recibir pagos sin justificación.

El arrendatario también puede reclamar cuando el arrendador incumple. Para ello es importante conservar pruebas de pagos, comunicaciones, daños, solicitudes y respuestas.

Reparaciones y daños en el inmueble

Las reparaciones suelen generar conflictos. En términos generales, debe revisarse si se trata de daños causados por uso normal, deterioro natural, falta de mantenimiento o conducta del arrendatario.

No todos los arreglos corresponden a la misma parte.

Por ejemplo, pueden existir discusiones sobre:

  • Humedades.
  • Daños estructurales.
  • Tuberías.
  • Instalaciones eléctricas.
  • Puertas, chapas o ventanas.
  • Electrodomésticos entregados con el inmueble.
  • Pintura.
  • Daños causados por mal uso.
  • Reparaciones urgentes.
  • Mantenimiento ordinario.
  • Entrega final del inmueble.

El contrato, el inventario inicial, fotografías y comunicaciones pueden ser claves para definir responsabilidades.

Servicios públicos y administración

Otro problema frecuente es el pago de servicios públicos, administración y otros gastos asociados al inmueble.

En el contrato debe quedar claro quién paga:

  • Energía.
  • Agua.
  • Gas.
  • Internet o televisión, si aplica.
  • Administración.
  • Cuotas extraordinarias.
  • Parqueadero.
  • Servicios adicionales.
  • Mantenimiento.

Si el contrato no es claro, pueden surgir conflictos. Por eso, antes de firmar o reclamar, conviene revisar qué se pactó y qué pagos se han realizado.

Terminación del contrato por parte del arrendatario

El arrendatario puede querer terminar el contrato antes de tiempo por distintas razones: cambio de ciudad, pérdida de empleo, problemas con el inmueble, conflictos con el arrendador o imposibilidad económica.

Antes de hacerlo, debe revisar:

  • Plazo del contrato.
  • Fecha de terminación.
  • Cláusulas sobre terminación anticipada.
  • Preaviso requerido.
  • Posibles indemnizaciones.
  • Estado de pagos.
  • Forma de entrega del inmueble.
  • Inventario inicial.
  • Paz y salvo de servicios.

Terminar un contrato sin cumplir los requisitos puede generar cobros, penalidades o conflictos posteriores.

Terminación del contrato por parte del arrendador

El arrendador también puede buscar la terminación del contrato. Para ello debe revisar las causales legales, las cláusulas pactadas y los requisitos de preaviso o indemnización cuando correspondan.

Algunas razones pueden estar relacionadas con:

  • Incumplimiento del arrendatario.
  • Mora en el pago.
  • Uso indebido del inmueble.
  • Daños.
  • Necesidad de entrega del inmueble en ciertos casos.
  • Terminación por vencimiento del plazo.
  • Causales pactadas en el contrato.
  • Causales previstas por la ley.

No basta con pedir verbalmente la entrega. En muchos casos es importante hacer comunicaciones escritas y conservar constancia.

Entrega del inmueble

La entrega del inmueble debe hacerse con cuidado. Muchas disputas aparecen al final del contrato por daños, pintura, servicios pendientes, inventario o devolución de llaves.

Antes de entregar, conviene revisar:

  • Estado del inmueble.
  • Inventario inicial.
  • Fotografías de entrega.
  • Servicios públicos al día.
  • Administración al día, si aplica.
  • Paz y salvo.
  • Acta de entrega.
  • Llaves entregadas.
  • Daños reclamados.
  • Valores pendientes.

Un acta de entrega clara puede evitar conflictos posteriores.

¿Qué hacer si no pagan el arriendo?

Si el arrendatario no paga el canon, el arrendador debe actuar de manera documentada.

Puede ser útil:

  • Revisar el contrato.
  • Verificar fechas de pago.
  • Calcular valores adeudados.
  • Conservar recibos y comprobantes.
  • Enviar requerimiento escrito.
  • Evitar acuerdos verbales sin soporte.
  • Revisar si hay codeudor o fiador.
  • Evaluar conciliación o proceso judicial.
  • Revisar si procede restitución del inmueble.
  • Solicitar asesoría antes de tomar medidas de hecho.

No es recomendable cambiar cerraduras, cortar servicios o ingresar al inmueble sin respaldo legal, porque eso puede generar problemas adicionales.

¿Qué hacer si no quieren recibir el inmueble?

A veces el arrendatario quiere entregar el inmueble y el arrendador se niega a recibirlo o pone condiciones discutibles.

En esos casos, es importante dejar constancia de la intención de entrega, revisar el contrato, documentar el estado del inmueble y buscar una vía formal para evitar que sigan corriendo cobros injustificados.

Puede ser necesario enviar comunicaciones escritas, hacer acta de entrega, conservar pruebas y revisar las alternativas legales aplicables.

Errores frecuentes que debe evitar

En contratos de arrendamiento, algunos errores se repiten con frecuencia:

  • Firmar contrato sin leerlo.
  • No dejar claro el uso del inmueble.
  • No conservar copia del contrato.
  • No guardar recibos de pago.
  • Pagar en efectivo sin comprobante.
  • Aceptar aumentos sin revisar el porcentaje.
  • Confundir reglas de vivienda urbana con locales comerciales.
  • No hacer inventario inicial.
  • No tomar fotografías del estado del inmueble.
  • Terminar el contrato verbalmente.
  • No dar preaviso cuando corresponde.
  • No documentar daños o reparaciones.
  • Cambiar cerraduras o cortar servicios sin autorización legal.
  • No formalizar acuerdos de pago.
  • No revisar si hay codeudores o fiadores.

Un contrato claro y una buena documentación reducen muchos riesgos.

¿Cuándo buscar asesoría jurídica?

Puede ser recomendable buscar asesoría jurídica cuando:

  • Le quieren subir el arriendo y no sabe si el aumento es correcto.
  • Tiene dudas sobre el contrato.
  • No le pagan el arriendo.
  • El arrendador no cumple sus obligaciones.
  • Hay conflicto por daños o reparaciones.
  • Quiere terminar el contrato antes de tiempo.
  • Le están exigiendo entregar el inmueble.
  • No sabe si aplica la Ley 820 de 2003.
  • El inmueble es comercial y el contrato tiene cláusulas especiales.
  • Hay codeudores, fiadores o valores pendientes.
  • Necesita revisar una demanda, citación o requerimiento.
  • Quiere evitar un conflicto mayor.

Una revisión jurídica permite identificar qué norma aplica, qué dice el contrato, qué pruebas existen y cuál puede ser la ruta más adecuada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede subir el arriendo en 2026?

Para vivienda urbana, el aumento debe revisarse con base en el IPC del año anterior y las reglas aplicables al contrato. El IPC anual de 2025 fue de 5,10 %, según el DANE. Sin embargo, debe revisarse si ya se cumplió el periodo para aplicar el incremento.

¿El arriendo sube automáticamente en enero?

No necesariamente. El aumento no depende solo del cambio de año. Debe revisarse la fecha del contrato, el último aumento y las reglas aplicables.

¿La Ley 820 de 2003 aplica a locales comerciales?

La Ley 820 de 2003 regula especialmente el arrendamiento de vivienda urbana. Los locales comerciales pueden tener reglas diferentes y dependen en gran parte del contrato y de las normas civiles o comerciales aplicables.

¿Qué hago si el arrendatario no paga?

Debe conservar pruebas, calcular la deuda, revisar el contrato, enviar requerimiento si corresponde y evaluar alternativas como conciliación, cobro o restitución del inmueble.

¿Puedo terminar el contrato antes de tiempo?

Puede ser posible, pero deben revisarse las cláusulas del contrato, el tipo de arrendamiento, el preaviso, las causales y las consecuencias económicas.

¿Qué hago si hay daños en el inmueble?

Debe documentar los daños con fotografías, inventario, comunicaciones y soportes. También debe revisarse si el daño corresponde al uso normal, al deterioro natural o a responsabilidad del arrendatario.

¿Tiene un problema de arrendamiento?

En Oficina Jurídica Virtual Colombia podemos revisar su contrato de arrendamiento, aumento del canon, incumplimientos, daños, terminación, entrega del inmueble o documentos relacionados.

Solicite una consulta jurídica virtual y reciba asesoría clara, confidencial y oportuna.

Nota: Este contenido tiene finalidad informativa general y no reemplaza una asesoría jurídica personalizada. Cada caso debe revisarse según sus hechos, documentos, contrato, pagos, comunicaciones y circunstancias particulares.